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Protección de los inquilinos de emergencia por COVID-19

En respuesta al COVID-19, la ciudad promulgó la Ley de Protección Habitacional ante Emergencias (EHPA) el 2 de julio de 2020. La EHPA ofrece protección a los inquilinos que tienen dificultades para pagar el alquiler durante este tiempo.

Para los inquilinos

Certificado de dificultades económicas para inquilinos por COVID-19

Los inquilinos que no puedan pagar su renta debido a dificultades financieras causadas por la COVID-19 deben proporcionar a sus propietarios un Certificado de dificultades económicas para inquilinos por COVID-19. Cuando ejercen sus derechos en virtud de la EHPA, los inquilinos pueden:


Exención temporal de las tasas por mora

Entre el 1.º de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021, los propietarios no podrán cobrar recargos por mora a los inquilinos que tengan dificultades económicas debido a la COVID-19.

Durante este tiempo, los propietarios también deben abonar las tasas pagadas a la cuenta de renta del inquilino.


Acuerdos de reembolso obligatorio

Los inquilinos que sufran dificultades económicas debido a la COVID-19 pueden suscribirse un acuerdo de reembolso obligatorio con sus propietarios. Esto permite a los inquilinos pagar las rentas adeudadas hasta el 31 de diciembre de 2020 en un período de reembolso de varios meses que finaliza el 30 de septiembre de 2021.


Para los propietarios

Aviso de derechos de los inquilinos

Los propietarios deben enviar a los inquilinos residenciales un Aviso de los derechos de los inquilinos al menos 30 días antes de tomar cualquier medida para el desalojo. Esta notificación no es una notificación de terminación de contrato o de no renovación.


Programa para evitar desalojos

Los propietarios deben ponerse en contacto con el Programa para evitar desalojos si un inquilino presenta un Certificado de dificultades económicas para inquilinos por COVID-19, a menos que el inquilino represente una amenaza inminente de daño.

Como parte del proceso, se asignará al inquilino un asesor de vivienda. El asesor programará entonces una conferencia de mediación con el propietario y el inquilino. El objetivo es llegar a un acuerdo que convenga a las dos partes y evitar acciones legales.

El propietario no puede tomar medidas para desalojar al inquilino hasta que ambas partes participen en el programa, a menos que el programa no tenga una reunión disponible en el plazo de 30 días.



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